RECOMENDACIONES PARA EL PROTOCOLO SANITARIO PARA LA REAPERTURA DE ÁREAS SOCIALES Y COMUNES DENTRO DE LAS PROPIEDADES HORIZONTALES
Para los fines pertinentes y en el ánimo que las Propiedades Horizontales (PH) cuenten con lineamientos generales para la reapertura de sus áreas sociales y comunes, las cuales fueron cerradas mediante el Decreto Ejecutivo No. 489 del 16 de marzo de
2020 y reabiertas mediante Resolución No. 453 de 20 de mayo de 2020, nos permitimos compartirle nuestras consideraciones y recomendaciones en cuanto a esta reapertura:
- Organizar un comité especial de salud e higiene para la prevención y atención del
Covid-19, según lo establece la Ley 31, Artículo 62, numeral 17 donde se faculta a la Junta Directiva a crear comités de apoyo. - Confeccionar un Protocolo de Bioseguridad que cuente con el mínimo, a saber:
- Definir las áreas sociales y comunes de la propiedad horizontal, que representen un potencial riesgo de contagio.
- Definir el aforo permitido en las áreas sociales y comunes (superficie total del área en metros cuadrados, restar el área que ocupa el mobiliario y dividir entonces entre 4 m2/persona, para obtener la capacidad en personas del área).
- Establecer las nuevas condiciones de uso, en atención a las áreas sociales y
comunes con que cuente la propiedad horizontal, por ejemplo: lavado de manos con jabón y/o uso de gel alcoholado, utilización de mascarilla en adultos y niños, distanciamiento físico y otras; recordando siempre que todas las medidas que se adopten no deben rebasar los parámetros y lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud (MINSA) en la prevención de la pandemia Covid-19, a fin de no vulnerar los derechos de los propietarios sobre sus bienes inmuebles. - Siguiendo las directrices del Ministerio de Salud, recomendamos el uso de las áreas sociales abiertas y verdes, para esparcimiento, caminatas y distracción, excluyendo el uso de piscinas y gimnasios. Además, se recomienda que las horas de uso de las áreas sociales vayan de acorde al toque de queda.
- Establecer el manual de control de acceso de residentes, visitas, colaboradores y servicios anexos a la propiedad horizontal y propietarios, con la finalidad de mantener un monitoreo de síntomas, y que sea acorde a los protocolos y parámetros de bioseguridad que se definan para las áreas comunes, necesarios para garantizar la salud e higiene de la propiedad horizontal.
- Establecer el manual de limpieza y desinfección de las áreas sociales y comunes que representen un potencial riesgo de contagio. La frecuencia de limpieza de estas áreas dependerá del uso que reciba cada una.
- Se recomienda a todos los PH, confeccionar su protocolo de bioseguridad, y que éste sea acorde con las necesidades de la propiedad horizontal.
- Establecer en la propiedad horizontal, los responsables de ejecutar y hacer cumplir cada uno de los puntos antes señalados.
- Las medidas y protocolos se deben DIVULGAR a todos los residentes y colocar de FORMA VISIBLE y CLARA dentro del PH.
*Extraído del www.miviot.gob.pa
Dirección de Propiedad Horizontal
Viceministerio de Ordenamiento Territorial
Correo electrónico: info@miviot.gob.pa
Central telefónica: 579-9400/ 9200